El pleno del Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación (CORDICOM), aprobó este jueves 13 de noviembre, el Reglamento de Publicidad Infantil.
La norma establece que la publicidad no fomente expectativas inalcanzables, es decir que los personajes ficticios deben ser claramente identificados como tales. La fantasía, incluyendo los dibujos animados, será idónea tanto para las niñas, niños y adolescentes en función de la categoría etaria.
El cuerpo legal, conformado por 26 artículos, indica la obligatoriedad de los padres, tutores o quienes ejercen la patria potestad a que otorguen una autorización escrita de uso de la imagen de las niñas, niños y adolescentes hasta antes de cumplir 16 años de edad, de acuerdo a lo establecido en el artículo 63 del Reglamento General a la Ley Orgánica de Comunicación. Mientras que a partir de los 16 años de edad se solicitará la autorización propia del adolescente.
Además, el Reglamento de Publicidad Infantil determina, que los programas con contenidos destinados al público infantil que no superen los 25 minutos de duración, no pueden ser interrumpidos por los espacios publicitarios; es decir, la publicidad se emitirá –en estos casos- exclusivamente al inicio y al final del programa.
La normativa establece que la publicidad que se difunda en la programación infantil y adolescente en los medios de comunicación audiovisuales deberá estar acompañada de la interpretación de lenguaje de señas y otros mecanismos para el acceso de las personas con discapacidad, de acuerdo con la Ley Orgánica de Comunicación.
Los medios públicos, comunitarios y privados deben adaptar la publicidad que trasmiten a lo que manda el Reglamento de Publicidad Infantil, en un plazo de 90 días a partir de su entrada en vigencia.
La publicidad en la que se utilice imagen de niñas, niños y adolescentes, especialmente de aquellos con discapacidad, enfermedad grave o catastrófica, deberá evitar la exageración, manipulación y explotación relacionada con su situación de salud, condición social, familiar, económica o cualquier forma de discriminación, añade el documento emitido por el Cordicom. (I)