El Servicio de Rentas Internas (SRI) deberá recibir la presentación de la declaración del Impuesto a la Renta (IR) de alrededor de 354.830 personas naturales en relación de dependencia, quienes tienen como fecha límite hasta este mes de marzo. El trámite es obligatorio para los contribuyentes que hayan percibido ingresos superiores a $ 10.410 durante el ejercicio fiscal 2014.
En tanto, que a nivel nacional las 65.280 personas jurídicas o sociedades, deberán cumplir con esta obligación en abril.
El próximo 10 de marzo empiezan los vencimientos para la declaración de las personas naturales, de acuerdo al noveno dígito del RUC o la cédula, comenzando con el 1, hasta el 0 el 28 de marzo. Para la declaración se puede hacer uso de la deducción de gastos personales, los mismos que deben estar respaldados con facturas o comprobantes de venta a nombre del contribuyente, su cónyuge y otras personas dentro del núcleo familiar. Esta documentación puede cubrir cinco rubros: vivienda, salud, alimentación, vestimenta y educación.
Los formularios son el 102-A para las personas naturales que no llevan contabilidad; el 102 para las personas que llevan contabilidad, y el 101 para las sociedades.
Luis Velasco, director Zonal 9 del SRI, explicó que según la norma vigente, la multa por el retraso en el pago de las obligaciones tributarias equivale a 1,5 veces la tasa activa de interés que publica el Banco Central del Ecuador, por concepto de mora tributaria. Esta tasa se carga a partir del primer día de retraso, cumplido un mes y un día hay un nuevo recargo de la tasa. (I)