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Deducción de impuesto a la renta en Ecuador, atada a las cargas familiares

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Mientras menos carga familiar tenga un contribuyente más pagará en impuesto a la renta (IR). Eso propone el Gobierno en su proyecto de Ley de Reactivación Económica, remitido a la Asamblea el pasado miércoles como urgente económico.

 

Según la iniciativa del presidente Lenín Moreno, las personas naturales podrán deducir sus gastos personales sin impuesto al valor agregado (IVA) e impuesto a los consumos especiales (ICE), así como los de sus cargas familiares hasta en el 50% del total de sus ingresos gravados sin que dicho porcentaje supere los valores relacionados con la fracción básica desgravada del IR ($ 11.290 para 2017) establecida por el Servicio de Rentas Internas (SRI).

 

En el caso de que la persona tenga tres o más cargas familiares o padezcan enfermedades catastróficas o que tengan al menos 30% de discapacidad se podrán deducir hasta $ 14.677, es decir, 1,3 veces.

 

En caso de que la persona tenga dos cargas familiares $ 12.419, es decir, 1,1 veces. Para quienes tengan una carga familiar $ 10.161, es decir, 0,9 veces. Y para quienes no posean cargas $ 7.903, es decir, 0,7 veces.

 

El límite para aquellos que perciban ingresos mensuales de hasta ocho salarios básicos ($ 3.000) será $ 14.677.

 

Actualmente, un contribuyente que tenga ingresos anuales altos puede deducir igualmente el más alto valor de gastos personales así tenga cargas o no, por lo cual su IR por pagar es menor.

 

Los que tienen ingresos mensuales de hasta $ 1.039,02 no pagan IR y no tienen la obligación de deducir gastos personales, porque tras restar primero su aporte al IESS no superarán los $ 11.290.

 

De aprobarse la norma, en 2018 el IR que pagará una persona natural con ingresos anuales altos dependerá de la cantidad de cargas que tenga. (I)

 

Fuente: http://www.eluniverso.com/noticias/2017/11/06/nota/6466930/deduccion-ir-atada-cargas-familiares