La Alianza por la Niñez y Adolescencia de Ecuador preparó una carta, que será remitida al Comité de Ética de la Asamblea Nacional. A través de ella se exige la evaluación y sanción al comportamiento de las asambleístas Pierina Correa y Geraldine Weber, de UNES y PSC. Ambas participaron en un acto organizado el lunes 28 de junio del 2021 por grupos antiderechos, en Guayaquil.

El encuentro se dio el mismo día en que la Defensoría del Pueblo presentó a la Asamblea Nacional el proyecto de ley para garantizar el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo para víctimas de violación, como lo dispuso la Corte Constitucional en su sentencia para despenalizar el aborto en este caso.
Ese día, en el evento al que asistieron ambas asambleístas, la legisladora Correa firmó un documento, impulsado por organizaciones que se autodenominan provida. En el acto se involucró a una niña víctima de abuso sexual junto a su bebé.
Por ello, la Alianza por la Niñez y Adolescencia recordó que ese hecho constituye una vulneración a los derechos al honor, a la intimidad personal, familiar y a la imagen de esta niña madre y su hijo, “quienes fueron fotografiados y video grabados en este evento”, dice la carta que se enviará al Legislativo.
El Código de la Niñez y la Adolescencia, en su artículo 52, prohíbe la publicación y exhibición de imágenes, grabaciones o referencias escritas que permitan la identificación o individualización de una niña, niño o adolescente que ha sido víctima de maltrato, abuso sexual o infracción penal, y cualquier referencia al entorno en el que se desarrollan.
La Alianza además manifiesta en su misiva que existe un agravante, dado que Pierina Correa es la presidenta de la Comisión de Protección Integral a Niñas, Niños y Adolescentes de la Asamblea, por lo que “es su obligación conocer sus derechos y velar porque estos no les sean vulnerados”.
Por ello, además de la sanción frente a la revictimización cometida sobre ambos niños víctimas de violencia, la organización por los derechos de los niños pide a los miembros de la comisión permanente que lidera Correa que retiren su respaldo a la asambleísta y que se escoja a otro representante “que legisle con conocimiento y neutralidad, no desde preconcepciones de índole distópicas y menos a partir de afinidades espirituales o religiosas”.
La representante de la Alianza por la Niñez, Sybel Martínez, dijo que entre el 29 y 30 de junio la carta ya cuenta con más de 100 firmas y que continúan recolectándolas. El Comité de ética, señaló, requiere de la denuncia de un asambleísta y de otros 14 que lo apoyen. “Esperamos que sean consecuentes”.
En un país laico como Ecuador, dijo Martínez, “es perturbador que las creencias personales se usen para negar la mínima decencia humana para las mujeres y niñas, que es su derecho a decidir”.
La abogada y activista Ana Cristina Vera señaló que es necesario separar las posturas personales del incumplimiento a la ley y a las decisiones de autoridades legítimas. Además, recordó que la despenalización del aborto por violación es de inmediata aplicación, por lo que todos los servicios de salud deben estar dando este servicio.
“Los asambleístas deben saber que aprobar la ley para garantizar el derecho al aborto a víctimas de violación no es electivo. La Corte Constitucional no les preguntó si quieren hacerlo, sino que ordenó que lo hagan, así lo dictaminó. Un asambleísta que incumpla la norma debe ser removido de su cargo”.
El Consejo de Protección de Derechos hizo un pedido a la Corte y a la Asamblea
El Consejo de Protección de Derechos del Distrito Metropolitano de Quito emitió un pronunciamiento este 30 de junio del 2021. Recordó que “las sentencias de la Corte Constitucional constituyen jurisprudencia vinculante para favorecer el ejercicio de derechos y materializar el espíritu garantista de nuestra Constitución, de modo que es deber de las y los asambleístas del país respetar los mandatos de la Corte, obstruirlos no solo que menoscaba el efectivo ejercicio de los derechos, sino que podría traer consigo repercusiones de índole legal al incumplir una orden legítima y expresa de autoridad competente”.
De la misma forma, puntualizó el Consejo, “es importante señalar que todo/a actor/a político/a, independientemente de la tendencia a la que se adscriba, debe respetar el carácter laico del Estado ecuatoriano, recordando que las posturas y opiniones personales respecto a una problemática de salud pública, como es el aborto en casos de violación, no pueden mezclarse con las funciones y competencias para las que han sido elegidos y elegidas”.
En ese contexto, el Consejo de Protección de Derechos de Quito expresó que:
“Rechaza las actuaciones de las asambleístas Weber y Correa, así como las declaraciones emitidas por esta última, quien en su calidad de Presidenta de la Comisión de Protección Integral de Niñez y Adolescencia de la Asamblea Nacional tiene una obligación ineludible a la hora de garantizar, promover y proteger los derechos de este grupo de atención prioritaria, al margen de afinidades espirituales o religiosas. Al tiempo que recuerda la obligación que tienen los legisladores y legisladoras de respetar las normas y leyes del ordenamiento jurídico nacional”.
“Solicita a la Corte Constitucional que se pronuncie respecto a la obligación de cumplir sus fallos, independientemente de las posiciones, dogmas, creencias religiosas, morales, o cualquier otra situación personal contraria a los preceptos del Estado Constitucional de derechos”.
“Insta a la Asamblea Nacional a analizar y seguir los procedimientos administrativos pertinentes en relación a la actuación de las asambleístas en mención, mismas que son incompatibles con el ejercicio de sus funciones como legisladoras”.
“Exige a las asambleístas Weber y Correa, y a todos los grupos sociales que se encuentran en contra del aborto, abstenerse de realizar actos que vulneren los derechos de niñas, niños y adolescentes al exponerlos en actividades con fines políticos, menos aún si se trata de niñas, niños o adolescentes víctimas de violencia sexual”.
“Conmina a todas las instituciones públicas, y ciudadanía en general, a respetar la decisión de la Corte Constitucional pues, en un marco constitucional de derechos, sus decisiones son jurisprudencia vinculante y de cumplimiento obligatorio”.
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