Este martes 19 de mayo del 2020, entre otras medidas laborales, energéticas y económicas, Lenín Moreno, presidente de Ecuador, dispuso la reducción de la jornada laboral de servidores públicos de la Función Ejecutiva de ocho a seis horas “priorizando el teletrabajo”.
A causa de la pandemia del covid-19, el teletrabajo se convirtió en una modalidad laboral a distancia, desde casa, tanto en el sector privado como en parte del público, debido a la suspensión de la jornada presencial dispuesta en el Decreto 1017, el 16 de marzo pasado, cuando se inició el estado de excepción por el coronavirus.
Pero, ¿qué es el teletrabajo, cuánto tiempo en realidad una persona debe dedicarle? La Ley de Apoyo Humanitario, aprobada la noche del viernes 15 de mayo en la Asamblea Nacional, hace referencia a la necesidad de “desconexión” de los trabajadores. Sin embargo, ha generado inquietud en sectores de los trabajadores por el tiempo que se estima para ese derecho.
1. ¿Qué es teletrabajo?
Con la Disposición Reformatoria Primera de la llamada Ley Humanitaria se incluye el siguiente texto en el Código del Trabajo:
“El teletrabajo es una forma de organización laboral, que consiste en el desempeño de actividades remuneradas o prestación de servicios utilizando como soporte las tecnologías de la información y la comunicación para el contacto entre el trabajador y la empresa, sin requerirse la presencia física del trabajador en un sitio específico de trabajo… Los trabajadores que prestan servicios de teletrabajo gozarán de todos los derechos individuales y colectivos, así como beneficios sociales contenidos en este Código”.
2. ¿Dónde se cumplirá el teletrabajo?
La Ley aprobada por la Asamblea refiere que “las partes (empleador y empleado) deberán determinar el lugar donde el trabajador prestará los servicios, que podrá ser el domicilio del trabajador u otro sitio determinado. Con todo, si los servicios, por su naturaleza, fueran susceptibles de prestarse en distintos lugares, podrán acordar que el trabajador elija libremente donde ejercerá sus funciones. No se considerará teletrabajo si el trabajador presta servicios en lugares designados y habilitados por el empleador, aun cuando se encuentren ubicados fuera de las dependencias de la empresa”.
3. El derecho a la desconexión.
“El empleador deberá respetar el derecho del teletrabajador a desconexión, garantizando el tiempo en el cual este no estará obligado a responder sus comunicaciones, órdenes u otros requerimientos”, reza en el texto aprobado por la Asamblea.
4. ¿Cuánto debe durar la desconexión?
En la llamada Ley Humanitaria se menciona que “el tiempo de desconexión deberá ser de al menos doce horas continuas en un período de veinticuatro horas. Igualmente, en ningún caso el empleador podrá establecer comunicaciones ni formular órdenes u otros requerimientos en días de descanso, permisos o feriado anual de los trabajadores”.
5. El sueldo y los equipos en el teletrabajo.
En la Ley se menciona que “el salario del teletrabajador será pactado entre el empleador y el trabajador conforme las reglas generales de este Código (de Trabajo). El empleador deberá proveer los equipos, elementos de trabajo e insumos necesarios para el desarrollo del teletrabajo. Todo empleador que contrate teletrabajadores debe informar de dicha vinculación a la autoridad del trabajo”.
Teletrabajo y obligaciones en la casa
A Peter Sanipatín, presidente del Colegio de Psicólogos Clínicos de Pichincha, le preocupa el contexto del confinamiento por el covid-19 con la nueva dinámica del teletrabajo. Ese escenario puede contribuir a un aumento de la ansiedad en las personas, dice. Y esto, a su vez, podría desencadenar reacciones diversas, como mayores niveles de estrés.
A su criterio, es necesario que se establezcan horarios claros del teletrabajo, debido a que en esta nueva relación virtual muchas veces se mezcla la actividad laboral con las obligaciones familiares. “Estamos viviendo un cambio de relación del trabajador con su medio, con su ambiente”.
En la Ley de Apoyo Humanitario se contemplan otras reformas laborales, como el ajuste de la jornada de trabajo, que podrá reducirse en un 50%, en cuyo caso habrá una reducción salarial del 45% en los empleados. La norma permite la aplicación de acuerdos entre empleadores y trabajadores, para ajustar jornada, salario, vacaciones.
La Ley fue elaborada por Lenín Moreno y remitida a la Asamblea. El proyecto original contemplaba, además, la imposición de contribuciones por nueve meses para los trabajadores. El Presidente de la República solicitó a los asambleístas que retiraran el capítulo tributario.
La Ley se aprobó sin contribuciones. Gremios han hecho observaciones y esperan un veto presidencial al proyecto legal, antes de que sea enviado al Registro Oficial para su entrada en vigencia.
https://www.elcomercio.com/actualidad/derecho-desconexion-ley-humanitaria-teletrabajo.html